Transporte de animales con ánimo comercial de terceros país
l transporte de animales como perros, gatos o hurones con ánimo comercial de terceros países solo será posible cuando:
- los animales procedan de un tercer país desde el que se permite la importación (los países definidos en la decisión de ejecución de la Comisión de 15 de diciembre de 2011 por la que se establece la lista de terceros países y territorios de terceros países desde los que se autoriza la importación a la Unión de perros, gatos o hurones y la introducción en la Unión sin ánimo comercial de más de cinco perros, gatos o hurones, así como los modelos de certificado correspondientes a la importación e introducción en la Unión de dichos animales, Diario Oficial L 343 de 23 de diciembre de 2011, págs. 65-76),
- los animales posean el certificado veterinario exigido y cumplan los requisitos mencionados en el certificado (el modelo del certificado se encuentra en el anexo I a dicha decisión),
- los animales sean sometidos a inspección veterinaria en la frontera en el punto de inspección veterinaria fronteriza aprobado para los animales de categoría “O” (en el caso de los puestos fronterizos aéreos polacos, solo está el aeropuerto de Varsovia),
- los animales estén marcados (con un microchip) y, a continuación, vacunados contra la rabia y, en el caso de algunos países (no mencionados en el anexo II al reglamento 998/2003/CE), sometidos a una valoración de anticuerpos contra la rabia (teniendo en cuenta la prohibición de entrada en el territorio de la UE de 3 meses).
Encontrará información detallada en la página web de la Inspección General de Veterinaria en la dirección: www.wetgiw.gov.pl en la pestaña “Importación de terceros países”.
En caso de importación de animales de compañía que no sean perros, gatos o hurones, debido a la complejidad de los requisitos de importación, sugerimos a los viajeros que se pongan en contacto por correo electrónico o por teléfono con la Inspección General de Veterinaria.